Un organismo propio de cada Comunidad Parroquial que, presidido por el Párroco y en comunión con la Iglesia Diocesana, promueve, potencia y dinamiza la actividad parroquial para el fomento de los diferentes aspectos del proceso pastoral. (Estructura fundamental y estratégica al servicio de la pastoral parroquial).

El Consejo Pastoral Parroquial se constituye como un órgano colegiado y permanente de caracter consultivo que representa a toda la comunidad parroquial, y se rige por las normas que establezca el Obispo Diocesano.

¿Quiénes lo integran?

Miembros natos: El Párroco, los Vicarios y algún otro Sacerdote adscrito a la Comunidad Parroquial.

Miembros por oficio:Coordinadores de cada sector, de pastoral social, profética, litúrgica, familiar, juvenil, de adolescentes, coros, ministros, formación de agentes, organismos o movimientos laicales, observatorio diocesano, asuntos económicos.

Miembros por elección: Otras representaciones que el Párroco crea convenientes y oportunas.