Es un organismo propio de cada Comunidad Parroquial que, presidido por el Párroco y en comunión con la Iglesia Diocesana, promueve, potencia y dinamiza la actividad parroquial para el fomento de los diferentes aspectos del proceso pastoral. (Estructura fundamental y estratégica al servicio de la pastoral parroquial).
El Consejo Pastoral Parroquial se constituye como un órgano colegiado y permanente de caracter consultivo que representa a toda la comunidad parroquial, y se rige por las normas que establezca el Obispo Diocesano.